MARCIAL PONS - DEBATE CONSTITUCIONAL SIGLO XIX

El debate constitucional en el siglo XIX. Ideología, oratoria y opinión pública
VV.AA.

El siglo XIX es el siglo del liberalismo y del lento pero imparable proceso de demolición de las vetustas estructuras del Antiguo Régimen. A lo largo de la centuria se dio forma y contenido a las principales libertades democráticas que hoy consideramos sacrosantas. Fue una travesía ardua y enrevesada en la que no faltaron pasos en falso y retrocesos, pero al final se logró un marco de libertad y autonomía individuales nunca antes alcanzado. Todo comienza en Cádiz, cuando la Nación, asediada por las tropas napoleónicas, promulgó la primera Constitución de su historia y devolvió explícitamente la soberanía al pueblo español tras detentarla durante siglos el monarca de turno. La “Pepa”, a pesar de sus defectos, supuso un hito en nuestra historia (quizás no del todo valorado por las instituciones y el resto de la sociedad en su bicentenario) y abrió un proceso que culminará con la Constitución de 1978.

Los logros de la Constitución de 1812, no obstante, apenas sobrevivieron dos años pues la vuelta de Fernando VII a la península destruyó cualquier atisbo del incipiente liberalismo. El siglo XIX se caracteriza, a partir de entonces, por una infatigable lucha para recuperar las libertades plasmadas en la Constitución de 1812 (convertida en un referente más simbólico que práctico a medida que avanza la centuria) e introducir otras más novedosas. Esta lucha tuvo como principal escenario el Parlamento. La llegada al trono de Isabel II supuso la victoria de los liberales, quienes monopolizarán el debate durante las décadas siguientes (salvo las excepciones demócratas y republicanas) y cuyos principales bandos estuvieron conformados por moderados y progresistas. Ambos “partidos” utilizaron sus respectivos escaños y la prensa para movilizar a un exiguo electorado y transmitir sus ideales. Las diversas constituciones que se aprobaron durante todo el siglo XIX constituyen, por tanto, uno de los mejores escaparates para comprender la evolución de la política española en este período.

Hoy los debates en el Parlamento son más un ejercicio de cara a la galería que un verdadero instrumento de lid política. La retórica y la discusión intelectual apenas tienen cabida en el Congreso y se utilizan principalmente para trasladar un mensaje concreto a los medios de comunicación. Durante el siglo XIX, por el contrario, las Cortes fueron testigo de extraordinarias intervenciones que recogían el cuerpo doctrinal de las distintas ideologías. Especialmente esclarecedoras son las sesiones en las que se debatían los proyectos constitucionales. La obra colectiva El debate constitucional en el siglo XIX. Ideología, oratoria y opinión pública* analiza desde distintos ángulos y disciplinas diversas cuestiones en torno al debate y a la promulgación de las Cartas Magnas del período decimonónico.

JURAMENTO CONSTITUCION CORTES CADIZComo toda obra colectiva predomina la disparidad de extensión y temática en las distintas colaboraciones. Algunas abordan períodos de tiempo más amplios (por ejemplo, la libertad de imprenta a lo largo de la centuria) o materias muy generales (la cuestión religiosa y el liberalismo), mientras que otras analizan momentos muy específicos (el papel jugado por Salustiano Olózaga en los debates constitucionales de 1854). Como señala Gonzalo Capellán de Miguel en el prólogo de la obra, todas giran en torno al mismo propósito: “Y si esto debe ser el principio de algo, el principio de las historias que aquí se relatan no es otro que Cádiz. Historias contadas no sólo por historiadores, sino también por juristas y filólogos, cuyas miradas han convergido en torno a dos temas fundamentales. De un lado, las Constituciones, atendiendo más allá de sus aspectos formales o técnicos a sus contenidos, discusiones y consecuencias prácticas. De otro, la oratoria y la opinión pública”.

En total el libro se compone de once capítulos divididos en dos grandes bloques. El primero de éstos está dedicado a la “Ideología” y en él se estudia el cuerpo doctrinal que vertebró los diferentes textos constitucionales del XIX. Varios de los artículos de este apartado analizan la repercusión que la Constitución de Cádiz tuvo en el resto del continente europeo (“Impresiones europeas sobre la Constitución de Cádiz” de Ignacio Fernández Sarasola) o la relación entre el liberalismo europeo y el español (“Mais cette souveraineté qu’est-elle devenue? La influencia del orleanismo en la legislación electoral de la España liberal” de María Antonia Peña Guerrero, o “La Constitución española de 1845 y la «doctrina» europea” de Germán Rueda). Las otras colaboraciones se centran en un elemento esencial para comprender el liberalismo decimonónico: el encuadre religioso en los distintos proyectos constitucionales del XIX (“La ideología liberal en la historia del constitucionalismo español de siglo XIX: la cuestión religiosa”); o en dos figuras cardinales de este período: Blanco White (“José María Blanco White y la crítica a la Constitución de 1812” de Manuel Suárez Cortina) y Práxedes Mateo Sagasta (“Sagasta y la impronta del progresismo en las Constituciones de 1854 y 1869” de José Luis Ollero Vallés).

El segundo bloque, titulado “Oratoria y opinión pública”, aborda los debates en torno a la libertad de imprenta durante la centuria (“El sistema de comunicación gaditano y su proyección durante el siglo XIX” de Celso Almuiña Fernández o “El debate constitucional en la prensa liberal y el Parlamento” de José Miguel Delgado Idarreta”) y la presencia de la retórica en la arena política, personificada en uno de los mejores oradores de la época, Salustiano de Olózaga (“Retórica y oratoria política. Olózaga en los debates constitucionales de 1854” de José Antonio Caballeros López y “La formación del orador político en el siglo xix: la representación de los discursos y el «De la elocuencia» (1863) de Salustiano de Olózaga” de María Ángeles Díez Coronado). Otro artículo, el más localista de la obra, analiza el papel jugado por varios diputados riojanos en la construcción del ideal liberal (“El discurso político de Cádiz en clave local. Iniciativas riojanas del liberalismo y conservadurismo (1810-1814)” de Rebeca Viguera Ruiz).

CONGRESO PRIMERA REPUBLICALa importancia dada a la libertad de prensa e imprenta en la obra puede explicarse con estas palabras de Gonzalo Capellán: “El apelar a la opinión pública, y legitimar en esta nueva fuerza la propia acción política, suponía un cambio revolucionario que socavaba los fundamentos mismos de las instituciones o concepciones (la Monarquía, la divinidad) que entonces concedían la legitimidad al poder. Ello suponía, al mismo tiempo, cuestionar el concepto mismo de soberanía, así como una alternativa y oposición al discurso y las prácticas de los moderados históricos españoles”. El absolutismo se regía bajo el principio incuestionable de legitimidad divina del monarca, de ahí que la libre discusión no tutelada fuese peligrosa para las autoridades. Las nuevas corrientes ideológicas se construyeron, por el contrario, en torno al debate y sus principios se fueron modelando entre arengas y réplicas hasta constituir un corpus doctrinal sólido (aunque flexible). Este rasgo queda patente en todos los artículos y vertebra el nexo común de las distintas colaboraciones.

A pesar de la que la presente obra tiene como marco de estudio el siglo XIX, ofrece la oportunidad de reflexionar sobre algunas cuestiones actuales. Los límites de la libertad de prensa, el uso de la retórica en los debates parlamentarios y la esencia misma de los principios que hoy rigen nuestra sociedad son nociones atemporales, cuyo origen histórico es conveniente recordar.

*Publicado por Marcial Pons Ediciones de Historia y la Fundación Práxedes Mateo Sagasta, septiembre 2015.